En el 2014, el ente regulador de las telecomunicaciones en Paraguay, CONATEL, anunció que presentaría un proyecto al Congreso para la modificación de la Ley de Telecomunicaciones 624/95.
El Presidente de CONATEL, Eduardo González dijo: “Lo que nosotros iniciamos hoy, es el proceso de consulta pública con referencia a las modificaciones de la ley 642 que ha trabajado la CONATEL, este documento es un borrador que va estar a disposición de los diferentes actores del área de telecomunicaciones”.
En otro moment,o agregó que el anteproyecto busca delimitar las funciones específicas de las instituciones que intervienen en el mercado de las telecomunicaciones como la (Senatics) y la (Conacon), y evitar así la duplicidad de funciones que podría generarse.
Según dice el comunicado oficial, el Ing. Aurelio Figueredo, ¨expuso las novedades en la estructura del anteproyecto de Ley, como la figura de licencia única, que faculta a quien la posee a prestar varios servicios de telecomunicaciones, con lo cual se prevé que el marco jurídico contemple, la convergencia tecnológica que se da en forma natural y a un ritmo vertiginoso buscando adecuar la Ley a los avances tecnológicos¨.
Además, destacó que otra de las posibles modificaciones en la Ley sería extender la vigencia de las licencias a 15 años, “con esto se pretende brindar previsibilidad a los operadores, para la realización de inversione e implementación de proyectos”, dice el comunicado.
El proceso de Consulta Pública se extenderá hasta el 6 de abril, pero, que se estudia una ampliación del período atendiendo a un pedido de los operadores de telefonía móvil.
Los interesados pueden descargar el borrador del ante proyecto del sitio web de la entidad (www.conatel.gov.py), en el cual además de dicho documento
podrán encontrar un instructivo acerca de la manera y los canales habilitados para elevar sus consultas, pedidos de aclaración, o propuestas de
modificación que consideren pertinentes.
Los comentarios y sugerencias a estas consultas se recibirán en el correo: consultapublicaley@conatel.gov.py.
Debajo pueden leer un resumen de las novedades que introduce el anteproyecto según CONATEL.
se modifican los derechos que se permiten ejercer con cada título
habilitante. Se establecen títulos independientes para la explotación de
servicios y para el uso del espectro radioeléctrico. Hoy una Licencia de
Servicio puede incluir habilitación para el uso de Espectro. En el
Anteproyecto de Ley se introduce la figura del Permiso como título
habilitante para el uso del espectro radioeléctrico o los recursos
orbitales.-
2) Se introduce la figura de Licencia única como título habilitante que
faculta a quien lo posee a prestar varios servicios de telecomunicaciones.
De esta manera el marco jurídico contemplaría la convergencia tecnologica
que se da en forma natural y a un ritmo vertiginoso.
3) Se propone que el plazo de vigencia de las Licencias y Permisos para
uso del espectro radioeléctrico sea de quince (15) años, extendiéndose así
el plazo con el que actualmente se cuenta. Con esto se pretende brindar
previsibilidad a los Operadores para la implementación de proyectos y
realización de inversiones. .
4) A partir del año 2022, el anteproyecto ya no exige la necesidad de
contar con una Concesión otorgada por el Congreso para la prestación del
Servicio Básico, la que podrá realizarse previa obtención de una Licencia
otorgada por la CONATEL, con lo cual se espera obtener un mayor dinamismo en
la prestación de dicho servicio.-
5) El Anteproyecto de Ley introduce disposiciones más amplias que
permitirán un mayor y efectivo control ex-ante del Ente Regulador, para el
desarrollo de una leal competencia que propicie un mayor beneficio para los
usuarios, constituyéndose esto en un principio fundamental en el marco del
proyecto que se plantea.
6) Se proponen disposiciones más claras que fortalecen las facultades
para la Protección a los Usuarios de servicios de telecomunicaciones, lo
que garantiza a la CONATEL contar con herramientas que beneficiarían a los
mismos.
7) El Anteproyecto introduce disposiciones para la administración de
los recursos orbitales que corresponden al Paraguay y las frecuencias
asociadas al uso de satelites.
8) El Anteproyecto propone la inclusión de un representante de los
prestadores del Servicio de Radiodifusión Alternativa (Radios Comunitarias)
en el Consejo de Radiodifusión .-
9) En el capitulo relacionado a interconexiones, se busca garantizar la
interoperabilidad de las redes de telecomunicaciones, de tal forma que los
usuarios de un Prestador puedan acceder a los servicios de otros
Prestadores.
10) El Anteproyecto introduce un Título destinado a los Derechos, Tasas y
Aranceles, a través del cual se pretende dar claridad a las disposiciones
que hacen referencia a los montos que la CONATEL se encuentra facultada a
percibir.
11) El Derecho, como monto que deben abonar quienes posean títulos
habilitantes al momento del otorgamiento y renovación, ya no se vincula a
las inversiones que los mismos realizarán. Conforme a ello, este monto ya no
implicará un desincentivo para las inversiones que deseen realizar los
prestadores para la instalación de equipos y explotación del servicio.-
12) El Anteproyecto introduce disposiciones específicas para una efectiva
gestión de cobro de los montos que la CONATEL se encuentra facultada a
percibir.-
13) El Anteproyecto introduce modificaciones al régimen de infracciones y
sanciones. Se fortalecen las facultades con que cuenta el Ente Regulador
para actuar ante infracciones a las disposiciones de la Ley y sus
disposiciones reglamentarias.
14) En particular, se establecen disposiciones específicas con relación a
la actuación de la CONATEL en los casos de emisiones radioeléctricas no
autorizadas o de servicios que se prestan sin título habilitante, así como
casos de emisiones que se realicen fuera de los parámetros establecidos
ocasionando interferencias o perturbaciones graves a otros sistemas o
servicios de telecomunicaciones.
15) Se introducen modificaciones al catálogo de conductas que son
calificadas como infracciones, subdividiéndolas conforme a su gravedad y
estableciendo los márgenes para aplicación de sanciones en cada caso.-
16) Se proponen disposiciones que detallan en mayor medida el procedimiento
sumarial.-
17) Se introducen disposiciones que reglamentan el recurso administrativo
que puede plantearse, en general, contra resoluciones definitivas dictadas
por la CONATEL.