En el día de ayer, la Corte Suprema de Argentina falló sobre un artículo que es considerado clave en la Ley de Medios de Cristina Kirchner. El artículo en disputa es el 161 que obliga a las empresas que hayan excedido el tope de regulación desinvertir en el plazo máximo de un año. Clarín había presentado una medida cautelar tiempo atrás que había suspendido dicha cláusula de la nueva ley.
Según el nuevo reglamento, una distribuidora de señales no puede también ser dueña de un canal de aire y puede tener hasta una señal de cable local. En el caso de Clarín, posee Canal 13, Cablevisión y señales de cable locales, que de cumplirse la reglamentación, deberían de desprenderse de algunos de los activos para poder seguir operando.
Sin embargo, en un comunicado Clarín aclaró que la medida de la Corte Suprema no invalida las acciones previas que llevó a cabo el grupo en el ámbito legal. Su reclamo se basa en considerar de inconstitucional la nueva ley de medios que afecta a sus intereses actuales.
Cabe aclarar que en Paraguay, Clarín habría concretado la venta de Cablevisión al grupo Millicom, propietario de la telefónica Tigo. Las partes aún no han confirmado la noticia pero se estima que una vez que el ente regulador Conatel autorice la transacción se haga pública la operación.